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año:2004
 
institución:DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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1 2 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 1 1 2 0 5 20 de setiembre, 2004 DAGJ-2378-2004 Licenciado Federico Carrillo Zürcher Presidente CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL Estimado señor: Asunto: Nos abstenemos de emitir criterio hasta tanto se cumpla con lo dispuesto en la Circular CO-529. En relación con su oficio del 7 de setiembre pasado, por medio del cual consulta en punto a la posibilidad de utilizar un espacio del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría como comedor para los empleados, nos permitimos transcribirle lo que el Despacho del Contralor General de la República dispuso en Circular CO-529, del 26 de mayo del 2000: “A todos los organismos integrantes de la Administración Pública, se les pone en conocimiento de las disposiciones que deberán observar para la tramitación de consultas ante la Contraloría General de la República. (…) 2) La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. 3) Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión. Deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se trate, salvo que se demuestre fehacientemente que no es posible cumplir con este requisito. 4) En caso de que la consulta sea de índole legal, el respectivo criterio jurídico deberá contener la normativa que se considera aplicable al caso, la doctrina y jurisprudencia relacionadas, así como los antecedentes administrativos en que se fundamenta. 5) (…) 6) El incumplimiento de las anteriores disposiciones facultará a la Contraloría General de la República para rechazar de plano la gestión, ...
Fecha publicación: 23/09/2004
Fecha emisión: 20/09/2004
Documento: 11205-2004.doc
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


1 1 R-DAGJ-559-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas con treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil cuatro.----------- Recurso de apelación interpuesto por la sociedad anónima ASECAL RFR, S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Por Registro No.15-2003, promovida por la Dirección General de Aviación Civil, para la contratación de una consultoría para la modernización y fortalecimiento de la Dirección, acto recaído a favor de la empresa Bermúdez, Méndez y Asociados S. A, por un monto de treinta y nueve millones de colones.---------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. ASECAL RFR,S.A. alegó en su recurso que su oferta fue excluida del concurso por no presentar la certificación de estar incorporada al Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, y en criterio del apelante ese es un requisito que se debe pedir al que resulte adjudicatario, pero no es un requisito que deba pedirse para participar en un concurso, incluso de la letra de la ley no se sostiene que pueda existir tal exigencia. Además, acepta que lo que puede proceder es no valorarle su experiencia, por no haber pertenecido al Colegio, pero que aún sin este conteo, su oferta es la mejor puntuada. En relación con la norma cartelaria que exigía el requisito de pertenecer a dicho Colegio, en primer término, cuando se publicó el cartel, la norma no constaba en los términos que ahora se está aplicando; luego la Administración anunció una “aclaración” al cartel y allí se explicitó tal requisito. La firma apelante alega que no tuvo conocimiento de tal “aclaración” pues por tratarse supuestamente de aclaraciones al cartel, ASECAL no las retiró; y luego se percató, de que en su criterio, lo que se hizo fue una modificación al cartel; en consecuencia de lo expuesto, el cartel no fue objetado. Además la Administración y la adjudicataria señala algunos puntos por los ...
Fecha publicación: 19/09/2004
Fecha emisión: 16/09/2004
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


1 7 R-DAGJ-477-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del doce de agosto de dos mil cuatro.------------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por la empresa Mallas Zumbado S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública No. 01-2004, promovida por la Dirección General de Aviación Civil, para la construcción malla de seguridad Aeropuerto Internacional de Limón, acto recaído a favor de la empresa Serva del Norte S.A., por un monto de US$365.395.-------------------- RESULTANDO 1) Mallas Zumbado S.A. alegó en su recurso que a la adjudicataria le fue asignado en el rubro de la experiencia un puntaje que no le correspondía, que no indicó en la oferta la cantidad y especialidad de su personal, y de que tal oferta fue omisa en cuanto al producto ofrecido. ------------- II. Esta División confirió audiencia inicial a la Administración y a la empresa adjudicataria, con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones de la apelante y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas.----------------------------------- III. La Administración licitante y la adjudicataria contestaron en tiempo esa audiencia inicial. -- IV. Esta División de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.4 del Reglamento General de Contratación Administrativa, y en virtud de que la Administración licitante no realizó la prevención de estilo, confirió audiencia especial a la apelante con el objeto de que reestableciera la vigencia de su oferta y de su garantía de participación, lo cual acataron y las prorrogaron hasta el próximo 26 de setiembre. (Ver folios F3, E1 al E3 del Expediente de Apelación). ---------------------------------------- V. Esta División confirió la audiencia final a las partes, con el objeto de que realizaran sus conclusiones en relación con los aspectos debatidos, audiencia que fue contestada, mediante ...
Fecha publicación: 15/08/2004
Fecha emisión: 12/08/2004
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


R-DAGJ-466-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas del diez de agosto de dos mil cuatro.-------------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Medicina Ocupacional y Sistemas S.A., en contra del cartel de la Licitación por registro 3-2004, promovida por la Dirección General de Aviación Civil para la contratación de servicios profesionales en medicina general para la Dirección General de Aviación Civil.----------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: De la admisibilidad del recurso. El artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa establece que el recurso de objeción podrá interponerse ante la Contraloría General de la República dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. En el caso en análisis, tenemos que la invitación para concursar fue publicada en un primer momento en La Gaceta 144 del 23 de julio de 2004 y la fecha para recibir ofertas fijada para el 13 de agosto; por lo que el plazo para presentar las ofertas es de 14 días hábiles, plazo cuyo tercio es de 4 días hábiles, por lo que el plazo para interponer el recurso venció el 29 de julio de 2004, mientras que el recurso se presentó el día 30 de ese mes. De acuerdo con lo expuesto, el recurso se encuentra extemporáneo y por eso debe rechazarse de plano. Por lo demás, debe agregarse que el recurrente no señala la existencia de modificaciones o prorrogas a la apertura que pudieran ampliar el plazo ya fenecido.--------------------------------------------------------------------------------- POR TANTO: Con fundamento en lo expuesto y lo dispuesto por los artículos 182 y siguientes de la Constitución Política; 4, 8, 10, 17, 34 y 37.3 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 7428 del 7 de setiembre de 1994; 1, 4, 5, 6, 82 y 83 de la Ley de Contratación Administrativa y 86, 87 y 88 del Reglamento General de Contratación Administrativa SE RE ...
Fecha publicación: 14/08/2004
Fecha emisión: 11/08/2004
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


5 3 R-DAGJ-332-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del diecisiete de junio del dos mil cuatro.--------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Martín Alfredo Zúñiga Brenes, en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro número 1-2004, promovida por el Consejo Técnico de Aviación Civil, cuyo objeto es la “Construcción malla de seguridad Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, III Etapa, recaído a favor de Serva del Norte, S.A. por un monto de $48.891,00.---------------------------------------------------------------------------------------------------------- R E S U L T A N D O I. Martín Alfredo Zúñiga Brenes interpuso recurso de apelación el 9 de junio del 2004 al ser las 12:32 horas.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, -------------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: 1) Para el concurso que nos ocupa, importa saber que la suma total de la adjudicación practicada es de $48.891, 00 (Vid. La Gaceta número 102, del 26 de mayo del 2004). 2) El tipo de cambio, para la venta, por dólar de los Estado Unidos de Norteamérica para el día en que se dictó la adjudicación (26 de mayo) fue de ¢ 434,24 (ver referencia del tipo de cambio que comunica el Banco Central de Costa Rica). 3) De las resoluciones del Despacho del Contralor General publicadas en Las Gacetas del 2 y 3 de marzo del 2004, tenemos que presupuesto ordinario del Consejo Técnico de Aviación Civil, para la adquisición de bienes y servicios no personales, es de ¢2.869,0 miles, lo que, a su vez, le ubica en el estrato E. Así mismo, se sabe: “Artículo 84. –Cobertura del recurso y órgano competente. En contra del acto de adju ...
Fecha publicación: 20/06/2004
Fecha emisión: 17/06/2004
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


1 F-7 R-DAGJ-94-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del diecinueve de febrero de dos mil cuatro.------------------------------------ Solicitud de adición y aclaración de la resolución de la División de Asesoría y Gestión Jurídica N° R-DAGJ-72-2004 de las nueve horas del nueve de febrero de dos mil cuatro, que resolvió el recurso de objeción al cartel interpuesto, entre otra, por la señora Maggie Castro Muñoz en contra del cartel de la Licitación Pública N° 05-2003, promovida por la Dirección General de Aviación Civil para la concesión de espacios para actividades comerciales en los aeropuertos internacionales Daniel Oduber Quirós y Tobías Bolaños Palma.--------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.- La gestión que se conoce fue interpuesta en tiempo (ver razón de recibido de este Despacho).----- II. Que señora Maggie Castro Muñoz solicita adición y aclaración de la resolución de referencia en cuanto a la aplicación de sendos decretos, toda vez que en lo resuelto fueron estimados como derogados los decretos 22861-MOT y 24168-MOPT y considera que se debe profundizar sobre su aplicación al presente concurso (véase escrito incorporado al expediente de objeción).----------------- CONSIDERANDO Unico: En primera instancia, es menester acotar que la adición y aclaración no es una segunda posibilidad para que las partes resuelvan sus pretensiones, que se supone, ya han sido ventiladas y dilucidadas en la parte considerativa de la resolución del recurso. Sobre el particular, esta Contraloría General ha dicho: “La adición y aclaración de nuestras resoluciones, en sentido técnico, no constituye una revisión de lo resuelto, puesto que, por medio de esta articulación, sólo es posible corregir errores materiales, precisar términos del pronunciamiento, o bien, subsanar una omisión, pero no corregir, variar o modificar la sentencia, porque con ello se violarían los p ...
Fecha publicación: 23/02/2004
Fecha emisión: 20/02/2004
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


3 F-4 R-DAGJ-72-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del día nueve de febrero de dos mil cuatro.------------------------------------- Recursos de objeción al cartel interpuestos por Down to Earth S. A., y Maggie Castro Muñoz en contra del cartel de la Licitación Pública N° 05-2003, promovida por la Dirección General de Aviación Civil para la concesión de espacios para actividades comerciales en los aeropuertos internacionales Daniel Oduber Quirós y Tobías Bolaños Palma.--------------------------------------------- POR CUANTO: I. Los recursos que se conocen fueron presentados en tiempo y forma.----------------------------------- II. Down to Earth S. A. alega que el cartel establece no incluye el café dentro de los productos definidos para poder vender en los espacios comerciales de cada aeropuerto. Estima que no existe ninguna justificación válida para no incluir dicho producto para esta licitación y que limita su participación. Solicita que se corrija la omisión, ya sea licitando un espacio exclusivo para la venta de café y productos relacionados, o bien, que se permita que el café se pueda vender en los locales comerciales que se licitan (véase escrito en expediente de objeción).----------------------------------------- III. La señora Maggie Castro Muñoz alega que el único criterio de adjudicación es el precio que ofrezcan los concursantes. Señala que los precios por ocupación de espacios en los aeropuertos están fijados por ley, según lo dispuesto por el artículo 94, último párrafo de la Ley General de Aviación Civil y el Decreto Ejecutivo N° 22861-MOPT. Aduce que la presente licitación se refiere a actividades comerciales comunes y que no corresponde a los concursantes ofrecer una suma diferente a la establecida. Considera que la Administración debe enmendar el cartel. (véase escrito en expediente de objeción).---------------------------------------------------------------------- ...
Fecha publicación: 12/02/2004
Fecha emisión: 09/02/2004
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL